PROMULGACION: 12 de julio de 2000 PUBLICACION: 20 de julio de 2000
Decreto Nº 198/000 - Empresas de Arrendamientos de Automóviles Sin Chofer. Se modifica el Decreto Nº 44/999.
MINISTERIO DE TURISMO Montevideo, 12 de julio de 2000
VISTO: El Decreto N° 44/99 de 10 de febrero de 1999 por el cual se reglamenta la prestación de servicios denominados "Empresas de Arrendamientos de Automóviles Sin Chofer".
RESULTANDO: I) Que se ha detectado una problemática común a las empresas de arrendamientos de automóviles sin chofer, que se relaciona con la renovación de su flota al cumplir los tres años de antigüedad en el caso de autos de hasta 1.800 cm3. CONSIDERANDO: I) Que la aplicación de la norma de referencia genera un aumento desproporcionado de la oferta de automóviles usados en la plaza, lo que incide en la baja del precio de reventa, de acuerdo a la demanda existente. ATENTO: A lo expresado y lo dispuesto por los artículos 3, 11 y 12 del Decreto Ley N° 14.335 de 23 de diciembre de 1974 y artículo 84 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986.
ART. 1º.- "Artículo 8) Las unidades afectada al servicio de las empresas de arrendamientos de automóviles sin chofer, no podrán tener una antigüedad mayor de:
ART. 2º.- ART. 3º.- |