PROMULGACION: 9 de junio de 2008 PUBLICACION: 16 de junio de 2008
Decreto Nº 272/008 - Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE). Beneficios. Se precisa el concepto de entidad estatal.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 9 de junio de 2008
VISTO: lo dispuesto por los artículos 22 del Título 4 y 15 del Título 8, del Texto Ordenado 1996.
RESULTANDO: I) que la primera de las disposiciones referidas otorga al Poder Ejecutivo la facultad de excluir determinadas partidas del régimen general de limitación a la deducción de gastos a efectos de la liquidación del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas.
CONSIDERANDO: necesario precisar el concepto de entidad estatal a efectos de la aplicación de los citados beneficios.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.- "Se entenderá por institución financiera estatal del exterior aquella que cumpla conjuntamente las siguientes condiciones:
ART. 2º.- |