PROMULGACION: 13 de mayo de 2009
PUBLICACION: 21 de mayo de 2009

Decreto Nº 224/009 - Sistemas de identificación de personas físicas. Se incorporan al Banco de Previsión Social.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
  MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
   MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Montevideo, 13 de mayo de 2009

VISTO: Que en el proceso de asegurar el derecho a la identidad del niño y su identificación desde el nacimiento, resulta necesario a su vez asegurarle los derechos que el Estado le otorga.

RESULTANDO: I) Que el Decreto 249/007 de fecha 9 de julio de 2007, mejora los sistemas de identificación de personas físicas, utilizando las herramientas que ofrece la tecnología informática.
II) Que el Decreto 250/007 de fecha 9 de julio de 2007, dispone la incorporación del número de cédula de identidad en el "Certificado de Nacido Vivo".
III) Que en el marco de los Decretos mencionados, resulta necesario ampliar la normativa incorporando al Banco de Previsión Social, con la finalidad que este Ente cuente con la información necesaria para servir las prestaciones correspondientes.
IV) Que ello requiere una interconexión informática entre las bases de datos del Ministerio de Salud Pública, la Dirección Nacional de Identificación Civil y el Banco de Previsión Social.

CONSIDERANDO: Que resulta conveniente ampliar lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto 250/007 de fecha 9 de julio de 2007, con el fin de facultar la suscripción de convenios interadministrativos entre el Banco de Previsión Social y el Ministerio del Interior.

ATENTO: a lo expuesto, y a lo establecido en el artículo 168 de la Constitución de la República;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Amplíase el artículo 2° del Decreto 250/007 de fecha 9 de julio de 2007, incluyéndose la facultad del Ministerio del Interior para celebrar los convenios pertinentes con el Banco de Previsión Social para que una vez culminado el proceso de asignación de número de cédula de identidad y el control de calidad de la información, comunique al Ente los datos de cada nacimiento registrado, aportando la siguiente información: número de cédula de identidad asignado, nombres y apellidos del niño, sexo, fecha y lugar de nacimiento, número de identificación y nombres y apellidos de la madre.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - DAISY TOURNE - MARIA SIMON - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ.