PROMULGACION: 3 de agosto de 2009 PUBLICACION: 11 de agosto de 2009
Decreto Nº 348/009 - Software. Exoneración del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 3 de agosto de 2009
VISTO: los artículos 139 a 141 del Decreto N° 150/007, de 26 de abril de 2007.
RESULTANDO: que los artículos referidos declararon de interés nacional la actividad de producción del sector software, en condiciones de competencia internacional, estableciendo exoneraciones sobre el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE).
CONSIDERANDO: I) que las franquicias de carácter transitorio otorgadas para ejercicios finalizados entre el 1° de enero de 2001 y el 31 de diciembre de 2009, han constituido un aporte significativo y suficiente por parte del Estado para el desarrollo del sector.
ATENTO: a lo por el artículo 8° de la Ley N° 14.178, de 28 de marzo de 1974, y el artículo 15 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998.
ART. 1º.- "Artículo 140.- Software; exoneración.- Exonérase del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas a las rentas derivadas de la actividad de producción de soportes lógicos. Dicha exención regirá para los ejercicios finalizados a partir del 1° de enero de 2001 y hasta el 31 de diciembre de 2009. Para los ejercicios finalizados entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2010, las referidas rentas estarán exoneradas en un 50% (cincuenta por ciento)."
ART. 2º.- |