PROMULGACION: 31 de octubre de 2012
PUBLICACION: 9 de noviembre de 2012

Decreto Nº 354/012 - Se crea el "Observatorio de Análisis Estratégico en materia de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo".

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 31 de octubre de 2012

VISTO: La propuesta de la Secretaría Nacional Antilavado de Activos referente a crear en su órbita un Observatorio de Análisis Estratégico en materia de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo;

RESULTANDO: que dicho observatorio tendrá la finalidad de asistir en la toma de decisiones políticas en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo; sin perjuicio, de los cometidos legales que le correspondan a otros organismos estatales;

CONSIDERANDO: que corresponde crear dicha dependencia en el ámbito de la Secretaría Nacional Antilavado de Activos, así como establecer sus cometidos;

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 18.172 de fecha 31 de agosto de 2007 en la redacción dada por el artículo 91 de la Ley 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010 y por el Decreto 239/009 de fecha 20 de mayo de 2009;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:

ART. 1º.-
Créase en la Secretaría Nacional Antilavado de Activos, Inciso 02 Presidencia de la República, el "Observatorio de Análisis Estratégico en materia de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo".

ART. 2º.-
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: El Observatorio de Análisis Estratégico en materia de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo es la dependencia de la Secretaría Nacional Antilavado de Activos responsable del procesamiento, análisis y distribución de información a la Secretaría antes mencionada, con la finalidad de asistir oportunamente en la toma de decisiones políticas al más alto nivel de gobierno en esta materia, sin perjuicio de los cometidos legales que le correspondan a otros organismos estatales en este sentido.

ART. 3º.-
COMETIDOS: Dicha dependencia tendrá los siguientes cometidos:
A) Obtener, procesar y analizar información del ámbito internacional, regional y nacional relativa a Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y distribuirla a través de la Secretaría Nacional Antilavado de Activos con la finalidad de asistir en la toma de decisiones al más alto nivel de gobierno en esta materia.
B) Identificar métodos y tendencias a través del análisis de las tipologías criminales.
C) Sistematizar y analizar la información referente a:
1) las tipologías criminales por factores de riesgo o amenazas,
2) las vulnerabilidades existentes en cada ámbito del sistema antilavado y contra la financiación del terrorismo y
3) el probable impacto en cada sector de actividad del país.
D) Crear una base de datos sobre el comportamiento de los sistemas criminal nacional e internacional, económico y de antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo que permita contar con información precisa, oportuna y confiable a la Secretaría Nacional Antilavado de Activos.
E) Crear y mantener actualizada la "Matriz de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo" la que se pondrá a consideración de la Secretaría Nacional Antilavado para su aprobación y demás efectos que esa Secretaría estime pertinente.
F) Colaborar con la Secretaría Nacional Antilavado de Activos en el desarrollo de la Estrategia Nacional para el combate al Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
G) Asistir a la Secretaría Nacional Antilavado de Activos en el desarrollo de una estrategia de comunicación y difusión de los riesgos a los que se encuentra expuesto el país en cada sector de actividad.
H) Cooperar con la Secretaría antes mencionada en el desarrollo de programas de educación, capacitación y concientización para los organismos que constituyen el sistema antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo.
I) Proponer a la Secretaría Nacional Antilavado de Activos la designación de comités operativos en las áreas que resulten de interés en la materia, incluyendo en la propuesta, su integración, funciones y objetivos.

ART. 4º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER.