PROMULGACION: 23 de noviembre de 2012
PUBLICACION: 30 de noviembre de 2012

Decreto Nº 379/012 - Comisión Interministerial con el cometido de elaborar y elevar al Poder Ejecutivo, para remitir al Poder Legislativo, un proyecto de ley que establezca un nuevo marco institucional para la Dirección Nacional de Meteorología. Reglamentación.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 23 de noviembre de 2012

VISTO: Lo dispuesto por la Ley N° 18.994, de fecha 30 de octubre de 2012;

RESULTANDO: que el artículo 2° de dicho texto legal, crea una Comisión Interministerial integrada por los Ministerios de Defensa Nacional, Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Ganadería Agricultura y Pesca e Industria, Energía y Minería, con el cometido de elaborar y elevar al Poder Ejecutivo, para remitir al Poder Legislativo, antes del 28 de febrero de 2013, un proyecto de ley que establezca un nuevo marco institucional para la Dirección Nacional de Meteorología;

CONSIDERANDO: que dicha ley manda al Poder Ejecutivo reglamentar, como mínimo, la forma de integración y el régimen de funcionamiento de la Comisión Interministerial;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:

ART. 1º.-
La Comisión Interministerial creada por el artículo 2° de la Ley 18.994 de 30 de octubre de 2012, estará integrada por un representante del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, quien la presidirá, uno del Ministerio Defensa Nacional, uno del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y uno del Ministerio de Industria, Energía y Minería. Cada uno de los representantes contará con su respectivo alterno.
Podrá participar en la Comisión, con voz pero sin voto, un delegado de la agrupación más representativa de los funcionarios de la Dirección Nacional de Meteorología, en todos los temas que refieran al marco institucional a crear.
La Comisión podrá convocar a los asesores técnicos que estime necesarios, así como a otros Ministerios y organismos públicos o privados, cuando se traten temas vinculados a los mismos.

ART. 2º.-
La Comisión tendrá por cometido elaborar y elevar al Poder Ejecutivo, antes del 10 de febrero de 2013, un proyecto de ley que establezca un nuevo marco institucional para la Dirección Nacional de Meteorología, fuera del Ministerio de Defensa Nacional, procurando la modernización y transversalización del Servicio de Meteorología.

ART. 3º.-
La Comisión funcionará en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el que proporcionará el apoyo administrativo y la secretaría técnica.
No obstante, los Ministerios involucrados destinarán los recursos humanos, servicios técnicos y recursos materiales necesarios para el cumplimiento de los cometidos de la Comisión.

ART. 4º.-
El presidente de la Comisión convocará a las reuniones con una anticipación no menor a tres días hábiles. La convocatoria asentará el orden del día, el lugar, fecha y hora en que se realizará la reunión.
La Comisión podrá sesionar con la presencia de al menos tres integrantes y sus resoluciones se tomarán por mayoría.
Las actas de las Reuniones serán elaboradas durante la reunión y aprobadas por los integrantes de la Comisión al finalizar la misma.
En lo no previsto en el presente Decreto, la Comisión adoptará la forma de trabajo que entienda más adecuada para cumplir con sus cometidos.

ART. 5º.-
Comuniquese, etc.
MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - NELSON LOUSTAUNAU - LEONEL BRIOZZO - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER.