PROMULGACION: 21 de agosto de 2020
PUBLICACION: 1 de setiembre de 2020

Ley 19.895 - Se habilita al Fondo de Garantía a que refiere el artículo 332 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, cuyo destino se encuentra regulado por el artículo 505 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, a garantizar créditos a todas las empresas constituidas en el país.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

ART. 1º.- Habilítase al Fondo de Garantía a que refiere el artículo 332 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, cuyo destino se encuentra regulado por el artículo 505 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, a garantizar créditos a todas las empresas constituidas en el país.
El referido fondo podrá capitalizarse con cargo al fondo a que refiere la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020.

ART. 2º.- El Fondo de Garantía tomará en cuenta la reserva que garantice la atención de solicitudes de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y las mejores prácticas de manejo de riesgos a partir del cambio de estructura generado por lo previsto en el artículo 1° de la presente ley.
El Poder Ejecutivo reglamentará las condiciones y requisitos que las grandes empresas deberán cumplir, a efectos de acceder al Sistema Nacional de Garantías.

ART. 3º.- El plazo de vigencia de la presente ley se extiende hasta doce meses después de lo establecido en el artículo 12 de la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 505 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 11 de agosto de 2020. NICOLÁS VIERA, 1er. Vicepresidente; FERNANDO RIPOLL FALCONE, Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 21 de agosto de 2020

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se habilita al Sistema Nacional de Garantías a garantizar operaciones de crédito de grandes empresas.
LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE.