Ley 17.986 - Fundación Teletón para la Rehabilitación Pediátrica. Se le otorgan créditos por IVA y COFIS.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

ART. Unico.-
Otórgase a la Fundación Teletón para la Rehabilitación Pediátrica, un crédito por los Impuestos al Valor Agregado (IVA) y de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social (COFIS), incluidos en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a la construcción del complejo Centro Nacional de Rehabilitación Pediátrico.
El citado beneficio, alcanzará a todas las adquisiciones realizadas con el referido destino, incluidas las anteriores a la vigencia de la presente ley y se instrumentará mediante certificados de crédito, en las condiciones que establezca la Dirección General Impositiva (DGI).

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 4 de julio de 2006. ELEUTERIO FERNANDEZ HUIDOBRO, Presidente; HUGO RODRIGUEZ FILIPPINI, Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 16 de julio de 2006

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
VAZQUEZ - DANILO ASTORI.