PROMULGACION: 26 de noviembre de 2010 PUBLICACION: 6 de diciembre de 2010
Decreto Nº 345/010 - Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas. Deducción de Gastos. Excepciones. Vigencia.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 26 de noviembre de 2010
VISTO: el Decreto 331/009 de 20 de julio de 2009.
RESULTANDO: que la norma citada incorpora al artículo 42 del Decreto 150/007 de 26 de abril de 2007, diversas excepciones en materia de deducción de gastos en la liquidación del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas.
CONSIDERANDO: necesario precisar la vigencia de la norma citada.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el literal M) del artículo 22 del Título 4 del Texto Ordenado 1996.
ART. 1º.- "Sin perjuicio de las vigencias especiales que se establezcan, las deducciones establecidas en los numerales 1 a 40 serán de aplicación para ejercicios iniciados a partir del 1º de julio de 2007."
ART. 2º.- |