PROMULGACION: 25 de enero de 2012
PUBLICACION: 7 de febrero de 2012

Decreto Nº 15/012 - Remuneraciones para las jerarquías de Personal Superior y Subalterno, en los grados de Sub Oficial Mayor y Sargento 1ro. y equivalentes y para Aprendices, Cadetes y equivalentes. Incremento.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 25 de enero de 2012

VISTO: el artículo 165 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010 en la redacción dada por el artículo 83 de la Ley 18.834 de 4 de noviembre de 2011 y el artículo 84 de la Ley 18.834 citada.

RESULTANDO: que por dichos artículos se incrementan para el Ejercicio 2012 las remuneraciones para las jerarquías de Personal Superior y Subalterno, en los grados de Sub Oficial Mayor y Sargento 1ro. y equivalentes y para Aprendices, Cadetes y equivalentes.

CONSIDERANDO: I) que se suprimirán 1.415 cargos vacantes del Escalafón K "Personal Militar" por un monto de $ 212.338.673 de acuerdo a lo previsto por el artículo 165 de la Ley 18.719 en la redacción dada por el artículo 83 de la Ley 18.834.
II) que por el artículo 84 de la Ley 18.834 citada se reasignan $ 79.949.244 del Objeto del Gasto 051.001 "Horas docentes de funcionarios Escalafón No Docente" y el monto correspondiente a aguinaldo y cargas legales de las Unidades Ejecutoras 004 "Comando General del Ejército", 018 "Comando General de la Armada" y 023 "Comando General de la Fuerza Aérea".
III) que los montos que surgen de los Considerandos I) y II) permiten incrementar las retribuciones para el Ejercicio 2012: III.1) para las jerarquías de Personal Superior y Subalterno, en los grados de Sub Oficial Mayor, Sargento 1ro. y equivalentes, del Escalafón K "Personal Militar" y Civiles Equiparados a los grados correspondientes a dicho Personal, excluido el Personal de la Unidad Ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas" comprendido en el artículo 103 de la Ley 18.362 de 6 de octubre de 2008, un 22% sobre las retribuciones permanentes sujetas a montepío, descontando los aumentos dispuestos por el artículo 163 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010, sin incluir los Objetos del Gasto 041.003 "Permanencia en el grado Esc. Militar" y 044.001 "Prima por antigüedad", III.2) para el Aprendiz y Cadete Aspirante y equivalente un incremento del 50% sobre el sueldo nominal de un Soldado de 1ra. descontando lo que perciben actualmente por remuneración, para el Cadete 1er. año y equivalente un 70%, para el Cadete 2do. año y equivalente un 90% y para el Cadete 3er. año y equivalente un 100%, también descontando los que perciben actualmente.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Incrementar a partir del 1ro. de enero de 2012 las retribuciones de las jerarquías de Personal Superior y Subalterno, en los grados de Sub Oficial Mayor y Sargento 1ro. y equivalentes, del Escalafón K "Personal Militar" y Civiles Equiparados a los grados correspondientes a dicho Personal, excluido el Personal de la Unidad Ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas" comprendido en el artículo 103 de la Ley 18.362 de 6 de octubre de 2008, de acuerdo al siguiente detalle:

Combatientes Monto en $ a valores del 31/12/11
Comandante en Jefe 13.947
Gral-C/Almirante-Brig.Gral. 12.049
Coronel - Capitán de Navío 9.714
Tte. Cnel - Cap. de Fragata 6.697
Mayor - Cap. de Corbeta 6.227
Capitán - Teniente de Navío 4.890
Tte 1ro. - Alferez de Navío 4.342
Tte 2do.- Alf. de Fragata 3.850
Alférez- Guardia Marina 1.426
S.O.M.- S.O.CGO.-Sup./At. 924
Sgto.1°.- S.O. 1ra. Inst./At. 465
Aprendiz 2213
Cadete - Aspirante yequivalente 2365
Cadete de lra. y equivalente 4036
Cadete de 2da. y equivalente 5707
Cadete de 3ra. y equivalente 6542
No Combatientes Monto en $ a valores del 31/12/11
Coronel - Capitán de Navío 7087
Tte. Cnel - Cap. de Fragata 4925
Mayor - Cap. de Corbeta 4665
Capitán - Teniente de Navío 3710
Tte 1ro. - Alferez de Navío 3281
Tte 2do.- Alf. de Fragata 3069
Alférez- Guardia Marina 772
S.O.M.- S.O.C.-Sup./At. 329
Sgto. 1°.- S.O.P.- Inst./At. 78

ART. 2º.-
La aplicación del incremento dispuesto se financia con la supresión de cargos dispuesta por el artículo 165 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010 en la redacción dada por el artículo 83 de la Ley 18.834 de 4 de noviembre de 2011 y por la reasignación de créditos del Objeto del Gasto 051.001 "Horas docentes de funcionarios Escalafón No Docente" prevista por el artículo 84 de la Ley 18.834. El Ministerio de Defensa Nacional comunicará a la Contaduría General de la Nación la reasignación definitiva entre las Unidades Ejecutoras y Programas de los créditos presupuestales que se autorizan para el incremento de las retribuciones dispuestas.

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese. Cumplido, archívese.
MUJICA - ELEUTERIO FERNANDEZ HUIDOBRO - FERNANDO LORENZO.