PROMULGACION: 25 de junio de 2012 PUBLICACION: 29 de junio de 2012
Decreto Nº 208/012 - Se modifica el Decreto 150/007, de fecha 26 de abril de 2007.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 25 de junio de 2012
VISTO: los artículos 78, 79 y 79 bis del Título 4 del Texto Ordenado de 1996, con la redacción dada por los artículos 269, 270 y 271 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011 que introdujo modificaciones al régimen
de donaciones.
RESULTANDO: I) que dichas normas establecen un régimen general para las donaciones especiales, siendo conveniente eliminar topes establecidos para ciertas entidades beneficiarias en particular.
CONSIDERANDO: conveniente hacer uso de la facultad otorgada.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.- Artículo 70.- Topes y condiciones.- Para acceder a los beneficios fiscales establecidos por el artículo 78 del Título 4 del Texto Ordenado de 1996, las empresas que realicen donaciones especiales deberán cumplir las siguientes condiciones:
ART. 2º.- Artículo 68.- Fundación Institut Pasteur de Montevideo.- La Fundación Institut Pasteur de Montevideo, se encuentra incluida dentro de las fundaciones instituidas por la Universidad de la República.
ART. 3º.- Artículo 69.- Institución Privada que atiende población más carenciada.- A efectos de lo dispuesto por el literal B) del numeral 1) del artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado de 1996, con la redacción dada por el artículo 270 de la Ley 18.834 de 4 de noviembre de 2011, el Ministerio de Educación y Cultura determinará, en cada caso, si la institución privada tiene como objeto la educación primaria, secundaria y técnico profesional para la atención de las poblaciones más carenciadas.
ART. 4º.- ART. 5º.- |